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UNA BUENA NOTICIA EN EL I.R.P.F.

  • 2 abr
  • 2 Min. de lectura

Como ya sabíamos, mediante una sabia rectificación, Hacienda nos anunció que dejaba sin efecto la Ley 7/2024 y que procedería a devolver todos los ajustes por mutualidades pendientes en este mismo año 2025.

Quedaba por ver cómo se llevaría a cabo la devolución, y la forma de pedirla, porque las situaciones son muy variables. Están los que han recibido las devoluciones de algunos años, los que no han reclamado nada, los que tienen reclamaciones pendientes, etc.

La buena noticia es que el formulario que ha diseñado la Agencia Tributaria es igual para todos y absolutamente sencillo. Solo hay que indicar el NIF y la cuenta bancaria donde deseamos recibir la devolución. Se supone que ellos ya conocen las circunstancias de cada uno de nosotros y actuará en consecuencia.

Claro que, ya puestos, podría haberla aplicada de oficio -sin necesidad de esperar solicitud alguna- como ya hizo en el ejercicio 2023 y está haciendo en el del 2024. Seguramente creen que,  actuando solo con las peticiones,  ahorrarán algo de dinero y trabajo. Y, naturalmente, es legítimo que algún mutualista decida no presentar la solicitud.

Desde la Asociación, para los que no cuenten con abogado o asesor fiscal propio, la recomendación es que TODOS ENVIEMOS LA SOLICITUD sea cual sea nuestra situación. Incluso los que han recibido la devolución de todos los años, aunque la probabilidad parece pequeña, cabe la posibilidad de que les apliquen la última fórmula de cálculo que es más favorable que las iniciales.

Otra cosa es la respuesta que recibamos. Todavía no sabemos cuándo ni de qué forma se va a producir. En su momento, analizaremos las respuestas y haremos las recomendaciones oportunas.

Pero ahora, de momento, Felicitémonos por la buena noticia y procedamos todos a solicitar la devolución.   

 
 
 

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