PRÓXIMA DECLARACIÓN DE RENTA
- Consejo Editor AVECI
- hace 2 horas
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Unive abogados nos envía la siguiente información:
Las novedades más destacadas de este año son:
1. Se introduce una deducción por obtención de rendimientos del trabajo que beneficia a contribuyentes con rendimientos íntegros del trabajo inferiores a 18.276 euros anuales y que no obtengan otras rentas superiores a 6.500 euros (excluidas las exentas). La cuantía máxima es de 340 euros para quienes perciban hasta 16.576 euros, reduciéndose progresivamente hasta desaparecer en el límite superior.
2. Al igual que el año pasado, todos los autónomos están obligados a presentar la autoliquidación anual de IRPF, independientemente de las cuantías que hayan obtenido en el ejercicio.
3. Se prorrogan las deducciones en el IRPF en materia de obras de mejora para la eficiencia energética en viviendas.
4. Se prorrogan las deducciones en el IRPF por la compra de vehículos eléctricos y por instalación de puntos de recarga.
5. Se suprime la obligación de presentar declaración por IRPF a los beneficiarios de la prestación por desempleo, tampoco quienes cobren el SMI o menos, es decir, los contribuyentes con ingresos inferiores a 16.576 euros anuales (SMI 2025), incluyendo quienes perciben el salario mínimo interprofesional, quedan exentos de presentar la Declaración de la Renta 2025.
Dicho esto, los precios del asesoramiento del equipo fiscal de Unive Abogados son este año los siguientes:
· Renta básica (50 + IVA = 60.50): Si el contribuyente únicamente posee rendimientos del trabajo y determinados rendimientos de capital mobiliario (intereses de cuentas bancarias).
· Renta normal (75 + IVA = 90.75): Si el contribuyente tiene además de los rendimientos del trabajo, rendimientos inmobiliarios (ingresos por alquiler de inmuebles SI TIENE VARIOS INMUEBLES SE PASA A COMPLEJA), ganancias patrimoniales derivadas de sentencias, deducciones estatales o autonómicas.
· Renta compleja (150 + IVA = 181.50): Si el contribuyente tuviera además de los rendimientos citados anteriormente, rendimientos de capital mobiliario complejos (fondos de inversión), rendimientos de actividades económicas, ganancias patrimoniales por la transmisión de inmuebles, ventas de acciones, ventas de criptomonedas, etc.
Renta muy compleja (según el caso): La renta muy compleja se presupuestará de forma individual de acuerdo con el grado de complejidad y dificultad para su realización. En tal sentido, el importe.
Los jubilados de ECI tendrán un descuento del 10% sobre la tarifa indicada
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