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TELEASISTENCIA: Requisitos y cómo pedirla

  • 4 abr
  • 2 Min. de lectura

 

Se trata de una prestación a la que tienen derecho los mayores en determinadas circunstancias

 

El servicio de teleasistencia, que se relaciona popularmente con el famoso "botón rojo", gracias al cual se puede estar en contacto con un técnico experto en servicios sociales en todo momento, es una prestación a la que tienen derecho las personas mayores si cumplen con ciertas condiciones previas.

Su concesión está regulada a nivel nacional por la Ley de Dependencia. "El servicio facilita asistencia a los beneficiarios mediante el uso de tecnologías de la comunicación y de la información, con apoyo de los medios personales necesarios, en respuesta inmediata ante situaciones de emergencia, o de inseguridad, soledad y aislamiento. Puede ser un servicio independiente o complementario al de ayuda a domicilio", explica la norma.

 

Requisitos y dónde pedirla

La concesión del servicio debe gestionarse a nivel autonómico o municipal, dependiendo de los casos. 

En ese sentido, por un lado, a nivel regional se concede cuando hay reconocido un determinado grado de dependencia y si así se estima en el programa individual de atención.

En ese caso, son los servicios sociales de la comunidad los que deciden si se da o no, para atender las necesidades de los usuarios, dependiendo de sus circunstancias.  

Por otra parte, la teleasistencia también puede otorgarse en el ámbito municipal. En esos casos, suele darse por parte también de los servicios sociales de la localidad en casos de posible vulnerabilidad, como pueda ser la de personas mayores que viven solas, por lo que es necesario ponerse en contacto con el ayuntamiento y exponer su caso.

Finalmente, la gestión de esta prestación suele ser municipal o autonómica y, en muchos casos, corre a cargo de entidades privadas a través de convenios.

Precio 

Además, hay que saber que, dependiendo de los casos, la teleasistencia pública puede ser de pago, aunque cuenta con una fuerte subvención –las tarifas mensuales son muy bajas– y es gratuita para rentas muy bajas. 

Cambios en la Ley

Finalmente, cabe recordar que, en el anteproyecto de modificación de la Ley de Dependencia, aún en vías de tramitarse en el parlamento, se plantea que este servicio pase a ser un derecho subjetivo de todo ciudadano con dependencia, lo que significa que, si se aprueba esta modificación, deberá concederse automáticamente por parte de las comunidades, una vez reconocido el grado. 

Fuente 65ymás

 
 
 

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