Buenos días, aunque llevo ya un tiempo tratando con Pedro Lopez el asunto de las reclamaciones a la Agencia Tributaria solicitando la rectificación de las declaraciones del I.R.P.F. de los últimos ejercicios no prescritos, he decidido presentarme a traves de este foro, donde comentaré las novedades y resoluciones que se produzcan en las reclamaciones de los compañeros de MOSTOLES INDUSTRIAL S.A.
He trabajado para MOINSA como abogado durante cuarenta y dos años, 37 como empleado y los últimos 5 tras ser baja en la empresa, desde mi despacho como abogado independiente, estando en la actualidad jubilado, e inscrito en en el ICAM como no ejerciente.
De las mas de 20 reclamaciones presentadas hasta la fecha por ex empleados de MOINSA, solo en una han contestado, notificando una propuesta de resolución "en la que se indica que, a la vista de la documentación aportada, se desestima lo solicitado”, toda vez que para justificar lo reclamado en la solicitud, el reclamante debera aportar:
- Certificado de la entidad empleadora (de todas las empleadoras a través de las cuales aportó a las Mutualidades Laborales), que acredite la realidad de las aportaciones a la Mutualidad Laboral y el periodo de tiempo que, en su caso, fueron realizados o en su defecto, deberé presentar las nóminas que justifiquen las aportaciones (el certificado aportado no es válido, no constan los datos del titular, ni cuando entro en la empresa y cuando dejo de prestar servicio en la misma).
Ante la anterior exigencia con la que no estoy conforme, afirmo que la realidad de las aportaciones a las Mutualidades Laborales, que se me pide acredite con un certificado de mis empleadoras, son hechos que no necesitan demostración, porque la cotización al mutualismo laboral era obligatoria en aquel periodo, y la única forma de que dichas cotizaciones fueran reconocidas posteriormente por la Tesorería General de la Seguridad Social, que es quien ha emitido el informe de mi vida laboral aportado y a la que en todo caso debe dirigirse el instructor del expediente virtud de lo previsto en el art. 28.2 de la Ley 39/2015, para que le facilite la información que me pide a mí, por lo cual el interesado ha presentado escrito de Alegaciones, del siguiente tenor.
Me es imposible cumplir este requerimiento de forma completa, por causas que no me son imputables, como son:
1.- Porque las empresas en las que trabaje entre 18.10.1965 y el 02.12.1971, hace ya entre 52 y 58 años, han desaparecido, y no puedo acudir a ellas, para acreditar lo que se me pide. Se me pide un imposible, que al no poder conseguir, frustra mi legítimo derecho a la reparación que solicito.
2.- Porque en el caso de MOSTOLES INDUSTRIAL S.A., en la que entre a trabajar el 29.11.1971, hace más de 50 años, a la que he pedido Certificado con la información que me piden, me indican que “no conservan documentación de aquellas fechas para emitir un informe detallado como el que me exige la Agencia Tributaria para aceptar mi solicitud”, resaltando por mi parte, que ninguna empresa está legalmente obligada a conservar la documentación que le permita conocer la composición de su plantilla hace 40 o más años, como es el caso. En el certificado aportado con mi escrito inicial, MOSTOLES INDUSTRIAL, S.A ya señala que todos sus trabajadores cotizaron a la Mutualidad de la Madera.
3.- Porque la certificación de mi vida laboral aportada con mi escrito inicial, emitida por la Tesorería de la Seguridad Social, según lo previsto en el art. 26.1 de la Ley 39/2015, es un documento público administrativo, que hace fe frente a terceros, y en él ya están suficientemente detallados los periodos de tiempo durante los que yo presté servicios tanto en MOSTOLES INDUSTRIAL, S.A. como en el resto de las empresas que figuran en la misma.
4.-Respecto a presentar como me piden, las nóminas de hace más de cincuenta años, que justifiquen las aportaciones por mi parte a las Mutualidades, tampoco las puedo aportar porque no las conservo, y tampoco creo que ello me sea legalmente exigible a tenor de lo dispuesto en el art. 28.2 de la Ley 39/2015 y la jurisprudencia concordante que cito.
5.- Y en cuanto a lo que se dice al final del requerimiento, de “que el certificado aportado no es válido, porque no constan los datos del titular, ni cuando entro en la empresa y cuando dejo de prestar servicio en la misma”, tampoco estoy de acuerdo con su exigencia, ya que en el aportado con mi escrito inicial, se indica que “durante la etapa de mutualismo laboral, dicha empresa y todos sus trabajadores estuvieron adscritos, e hicieron las aportaciones correspondientes a la Mutualidad de la Madera”, y que “a tales efectos, el trabajador interesado, deberá aportar allí donde corresponda, informe de su vida laboral en el que consta el periodo trabajado en Móstoles Industrial S.A., durante la citada etapa del mutualismo laboral, es decir con los certificado de MOSTOLES INDUSTRIAL S.A. aportados se acredita que durante el tiempo que trabaje en dicha empresa y que cotice a la Mutualidad de la Madera, y con el informe de mi vida laboral aportado, se acredita las fechas concretas en las que fui alta y baja en las distintas empresas que figuran en dicho informe.
Veremos que contestan.
Gracias, por favor continua informandonos de los resultados.
Totalmente de acuerdo. La vida laboral debería ser suficiente para acreditar el haber cotizado a una mutualidad laboral. Hay que confiar en que los tribunales nos darán la razón.