27.04.2023
Estimados todos, nos hemos permitido, entablar relación con un despacho de abogados que nos han recomendado, ni que decir tiene, que cada uno es libre de elegir el despacho que crea conveniente, nosotros os ofrecemos lo mejor que disponemos.
Evidentemente, lo primero es disponer del certificado de El Corte Inglés
Os adjuntamos el procedimiento y comentarios del despacho, nos han parecido serios, profesionales, con un alto conocimiento del caso que tratamos, mucha experiencia y en cuanto a la parte económica parece razonable.
Leed el documento y si os parece correcto, adelante, seguid el procedimiento y esperemos conseguir el objetivo.
Los textos puestos en mayúsculas y negrita, son cosa nuestra, los dos asuntos son importantes.
Un abrazo.
Damián Rafa
GOEDE LEGAL
DESPACHO DE ABOGADOS
Tal y como acordamos, os informamos qué para elaborar la reclamación administrativa ante la Agencia Tributaria, en solicitud de devolución de ingresos indebidos y adecuación del IRPF como empleados de El Corte Inglés que cotizaron a la mutualidad laboral de comercio antes del 1 de enero de 1979, necesitaríamos la siguiente documentación, relativa a cada uno de los solicitantes:
1. Copia de su DNI o, en su defecto, datos completos: nombre, apellidos, dirección, número de DNI y datos de contacto.
2. Vida laboral.
3. Certificado de ECI que acredite:
a. La identificación como trabajador de la entidad, con número de DNI y de afiliación a la Seguridad Social.
b. La fecha de ingreso en la entidad como trabajador por cuenta ajena.
c. Las cuotas abonadas a la mutualidad laboral, desde su ingreso hasta el día 31 de diciembre de 1978. En el caso de que no se pueda determinar esta fecha, que se haga constar.
d. Que fueron cubiertas todas sus cotizaciones hasta el día que causó baja en la entidad.
El número de cuenta en la que solicitaremos que se os ingrese el importe ingresado indebidamente.
ENVIAR LOS DATOS AL EMAIL: mutualistaeci@goedelegal.com
Si recibimos la documentación antes del 31 de mayo, nos comprometemos a tener realizada la reclamación antes del 30 de junio para poder presentarse ante la Agencia Tributaria correspondiente, de forma que no prescriba el ejercicio 2018. No obstante, si alguno de vosotros queréis enviarnos la documentación antes, no habría ningún problema e iríamos realizando las correspondientes alegaciones.
EL DESPACHO, NOS HARÁ LLEGAR POR EMAIL EL ESCRITO DE ALEGACIONES Y NOSOTROS DEBEMOS PRESENTARLO, EN NUESTRA DELEGCIÓN DE HACIENDA MÁS PRÓXIMA.
En cuanto a nuestros honorarios, confirmamos que ascenderían a la cantidad de 150 euros + IVA e incluirían todas las gestiones necesarias hasta obtener la resolución de la Agencia Tributaria. En cuanto al pago de los mismos, debería realizarse una vez que os enviemos el escrito de alegaciones.
En el caso de aceptar estos honorarios sería suficiente con que cada uno de vosotros nos enviéis un correo a esta dirección aceptando los mismos y enviando la documentación solicitada.
Por supuesto, en el caso de que queráis mantener otra reunión con todos vuestros compañeros en la que podamos explicarles de primera mano la situación, el objeto de la reclamación y los pasos a seguir, por nosotros no hay ningún problema. Tan solo tenéis que decírnoslo y concretamos una fecha.
Como también hemos comentado, disponemos de una dilatada experiencia en este tipo de reclamación, con más de 400 casos de éxito en el despacho, por lo que estamos seguros de que podemos ayudaros en este asunto.
Quedamos a la espera de vuestras indicaciones.
Un saludo.
Elena Ballesteros Tejado
SOCIA